El «escudo social» del Gobierno de España es un paquete de medidas de protección social aprobadas inicialmente durante la pandemia de COVID-19 y prorrogadas en varias ocasiones hasta 2026. Consiste en un conjunto de ayudas y garantías para colectivos vulnerables frente a crisis económicas, inflación o desastres naturales.
Se lanzó en 2020, con prórrogas posteriores para abordar vulnerabilidad habitacional e inflación. En diciembre de 2025 y febrero de 2026, el Gobierno aprobó extensiones vía reales decretos-ley, separando medidas como pensiones para facilitar su aprobación parlamentaria. Al unirlo inicialmente con las pensiones y tratándose de un decreto ley en el que se vota todo el conjunto y no el articulado, se unían churras con merinas y el intento fracasó.
Ahora las pensiones van, por un lado, y el escudo social propiamente dicho por otro, pero esto no significa que se esté tratando de lo mismo, porque mezcla situaciones sociales estructurales vinculadas a la pobreza con grandes catástrofes circunstanciales como la DANA, Incendios Forestales y otras consecuencias de catástrofes naturales.
Medidas Principales
Consisten en Protección de suministros básicos: Prohíbe cortes de luz, gas, agua y electricidad para consumidores vulnerables (definidos por renta baja, familia numerosa, pensionistas o beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital) hasta finales de 2026, junto con descuentos en el bono social energético.
La Suspensión de desahucios: Prórroga de la moratoria para familias sin alternativa habitacional, con posibles compensaciones a propietarios tras tres meses.
Y el tercer paquete formado por ayudas adicionales: Incentivos fiscales para afectados por la DANA e incendios forestales de 2025, entregas a cuenta a comunidades autónomas (más de 3.000 millones de euros en 2026) y entidades locales (3.800 millones), y extensiones como abonos de transporte público, que lo lógico sería tramitarlos aparte como lo que son: ayudas para daños catastróficos.
Una cuestión central es si los agentes privados deben cubrir los costes derivados de situaciones de pobreza y en esto el debate debería ser de fondo. La crisis de la vivienda causada por el insuficiente gasto público en este ámbito, y el problema habitacional de las personas de bajos ingresos, ¿a de recaer sobre agentes privados?
El estado del bienestar se basa en una fiscalidad fuerte, la española lo es y ha crecido mucho, sobre todo en aquella medida que más cuenta, la del esfuerzo fiscal que relaciona lo que se paga con la renta del ciudadano. Es una medida más representativa de la situación que la relación entre el PIB y lo que se recauda, lo que se denomina presión fiscal.
En contrapartida a este esfuerzo, el Estado genera un sistema de bienestar y opera una redistribución mediante la prestación de servicios y la aportación de transferencia económicas; entre otras, para paliar la situación de pobreza.
El esfuerzo de empresas y personas se basa en los impuestos que pagan y es el Estado quien los maneja para, entre otras cosas- y esta es de las menores en términos cuantitativos- ayudar a las personas en riego de pobreza.
Es una grave anomalía que empresas y sobre todo tenedores particulares de pisos deban asumir costes para paliar la pobreza y no sea el Estado, y que además esto se regule en forma de decretos leyes, sin condiciones para su debate y justificación.
Esta simplificación extrema inflama la polarización porque no hay espacio parlamentario para el debate racional, ni tiempo, todo es urgente cuando no lo es porque se trata de medidas que se prolongan de un año para otro. El debate se enciende tanto que hay tertulianos que llegan a exigir “la eutanasia de los rentistas» (La Sexta. Programa de Ferreras, cuatro de febrero).
Pero es que además de este problema de fondo, que plantea la responsabilidad de hacer efectiva la ayuda a la pobreza en un marco de sistema público de bienestar, que la mayoría pagamos, hay otros aspectos específicos que todavía cuestionan más el actual decreto ley.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Uno es estructural, el fracaso del Gobierno Sánchez en la aplicación del Ingreso Mínimo Vital (IMV). La Autoridad Fiscal Independiente (AIREF) ha constatado que las ayudas solo consiguen llegar al 20% de los hogares en situación de pobreza, cuando podrían llegar a cubrir hasta el 50%. Ello es debido al mal diseño de la medida y su peor ejecución, es decir, a la ineficacia del Gobierno, Congreso y Administración Pública.
La AIReF ha identificado varios fallos estructurales persistentes en el Ingreso Mínimo Vital (IMV):
Incentivo laboral deficiente. El diseño del incentivo al empleo usa datos fiscales con desfase temporal, impidiendo beneficios inmediatos y claros, lo que reduce la probabilidad de trabajar y desincentiva la oferta laboral.
Baja cobertura por las barreras administrativas y complejidad. Falta de automatización; ausencia de verificación automática de requisitos con datos administrativos mensuales, lo que genera reintegros por cobros indebidos y retrasos en activación ante pobreza sobrevenida. Metas generales no son cuantificables ni medibles, sin coordinación con rentas autonómicas ni programas de acompañamiento individualizado efectivos.
Resultado: fracaso. El número de personas beneficiarias del IMV se sitúa en torno a 2 millones de personas, mientras que la población en riesgo de pobreza o exclusión supera claramente los 12 millones de personas (alrededor del 25 % de la población). Eso significa que, de manera aproximada, entre un 15% y un 20% de la población que se encuentra en riesgo de pobreza está cubierta por el IMV.
La segunda cuestión afecta a lo pactado con el PNV y deja con una escasa incidencia el Decreto Ley. En España, el 82% de los propietarios de viviendas posee solo una, mientras que el 14% tiene exactamente dos, lo que suma un 96% del total de propietarios con uno o dos pisos. Si estos quedan excluidos, la medida solo se aplicará al 4% de los propietarios y aún no sin contradicciones, puesto que no queda claro que los que poseen entre 3 y 9 viviendas puedan considerarse según la Ley de la Vivienda grandes tenedores.
Mezclar pobreza estructural con catástrofes naturales en un decreto ley es confundir urgencia con incompetencia. #DecretoLey #PoliticaSocial Compartir en X




