Trabajo con y por dignidad

Los pobres tienen derecho a trabajar, antes y después del derecho a un ingreso mínimo vital. En los días en que todos están de acuerdo con un ingreso mínimo vital garantizado (¡pero, si ya prácticamente existe, dicen algunos!). Todos, los empresarios, los sindicalistas, los políticos conservadores y los antisistema, los liberales y los socialdemócratas, hasta el Papa y –casi todos– los obispos están de acuerdo, quizá podamos hacernos la pregunta: ¿es esto lo que los pobres esperan?, redoblada de ¿es esto aquello a lo que los pobres tienen derecho? Giorgio La Pira, el alcalde de Florencia, de la izquierda democristiana cuya beatificación está abierta, escribió hacia 1950 en L’attesa della povera gente que lo que los pobres esperaban era trabajo, que tenían derecho a participar en la creación y trasformación de la riqueza de un país, de una sociedad, y, por tanto, derecho a recibir parte de sus beneficios.

En el pensamiento social cristiano dos derechos se afirman de manera tajante, inequívoca, radical: derecho de todos a la propiedad, lo que excluye un presunto derecho inexistente de apropiación de los recursos por parte de algunos, haciendo crecer exponencialmente las riquezas de unos sobre la pobreza de muchos: la enseñanza social cristiana cuestiona el crecimiento abismal de desigualdad, pues afirma el destino universal de los bienes. La otra afirmación se basa en la dignidad de la persona y, a partir de ella, de su derecho –anótese bien– a participar con su esfuerzo, entrega, creatividad, pluralismo, iniciativa personal o social, al bien de la comunidad.

El derecho al trabajo no es un derecho derivado de las necesidades del mercado laboral, es un derecho cuyo fundamento antropológico es innegable. Derecho de la propiedad para todos y derecho al trabajo de todos son dos fundamentos esenciales de comprensión de todo orden social. Lo otro se llama desorden social, caos o como repetía E. Mounier, “desorden establecido”, lo que a finales del siglo primero el evangelista Juan llamó “mundo”, es decir “des-orden” u orden tergiversado y secuestrado.

Para la respuesta social solidaria necesaria y urgente ante la quiebra que se avecina, en un primer momento cabrá considerar la ayuda de un ingreso mínimo vital para garantizar el acceso igualitario de todos, especialmente de los más vulnerables y excluidos, a los bienes y servicios básicos, incluidos los bienes públicos que no deben ser regulados por el mercado. Precisamente para el acceso a muchos bienes y servicios, estos sí, regulables y regulados por un mercado responsable y trasparente, todos deben tener garantizado un mínimo. Ésta es una de las funciones del Estado social, que intervine redistribuyendo recursos en la sociedad, de manera justa, equitativa, progresiva y no expropiatoria, para facilitar el acceso de todos a los bienes y servicios.

Pero a medio plazo, ésa no es la solución; por dos razones: no es sostenible, si en lugar de generar más riqueza lo que se hace es gastar y endeudar; además, no considera –incluso es contraria– a la dignidad de toda persona y de toda comunidad. En una concepción individualista o en una concepción colectivista, quizá quepa quedarse a ese lado de la persona: solucionar sus necesidades inmediatas. En una concepción personalista, comunitaria, inclusiva y sostenible, lo que los poderes públicos pueden y deben hacer –y los ciudadanos exigir– es la promoción del empleo para estos dos fines: activar el consumo con aquel reparto de renta que hace accesible para todos un acceso a los bienes y servicios de consumo, pero, sobre todo, promover todo aquello que integra social y económicamente a todos.

El ingreso mínimo vital puede que sea el primer paso, pero no es el camino permanente ni la solución más digna y justa, lo defienda quien lo defienda. Por una razón: los pobres tienen derecho y obligación de trabajar y derecho a percibir los resultados de su trabajo. Seguir recibiendo algunos beneficios del trabajo de otros sería una mala continuación. No es éste el camino.

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