Se representa a la justicia como la imagen de una mujer que en su mano lleva una balanza y que tiene los ojos cegados por una cinta. Es el símbolo de que la justicia no se deja guiar por razones de oportunidad del momento, de ahí que su mirada esté velada y que sólo sopesa los hechos, tal y como hace el símbolo de la balanza.
Nada más alejado de este planteamiento el actual comportamiento del Tribunal Constitucional, que asume públicamente que valora volver a aplazar el eterno debate sobre el recurso del aborto para efectuarlo tras las elecciones andaluzas, al considerar que es un asunto que tiene una importante carga ideológica y puede interferir en el resultado de esas elecciones.
Hay que añadir, para que se vea hasta dónde llega el escándalo, que hace 12 años, 12, que el TC no encuentra el momento para debatir este recurso presentado contra la ley orgánica del gobierno de Rodríguez Zapatero del año 2010. Ya nos contará qué garantías constitucionales podemos tener cuando la más alta instancia que debe velar por ellas tiene estas actitudes. El retraso es injustificable y si la Comisión Europea no sufriera de estrabismo y mirara hacia otro lado que no fuera Polonia y Hungría, constataría que es absolutamente contrario a los principios de la UE que un Tribunal Constitucional congele un procedimiento porque no encuentra la forma de acomodar el resultado al poder.
Y el hecho es aún más grueso porque el precedente constitucional en este sentido existe y se refiere a la anterior ley sobre el aborto. En aquella sentencia el Tribunal Constitucional buscaba establecer un equilibrio de derechos entre los propios de la mujer y del ser humano no nacido, el nasciturus, porque es evidente que ese ser humano que debe nacer debe ser portador de algún tipo de derecho. La ley de Zapatero sencillamente lo ignoraba y aquí hay una cuestión importante desde la perspectiva del propio Tribunal Constitucional que explica que le cueste tanto entrar para ejercer lo que es su función: restituir la constitucionalidad de las leyes que se promulgan.
Esta circunstancia, que es aún más espectacular si se considera que la cuna de la ola de leyes a favor del aborto producida a partir de los años 70 en EEUU, ha estado al borde de modificar por parte de su TS la sentencia Roe contra Wade, que significó la legalización del aborto en aquel país sin, sin embargo, entrar en el seno de la cuestión y resolviéndolo a base de decir que la decisión formaba parte del derecho a la intimidad de la mujer. A estas alturas de la película más de 25 estados federales han legislado y restringiendo el aborto, en algunos casos en términos más estrictos aun que los que rigen en el caso de Polonia. Si el TS, como parece que ocurrirá, deroga esa sentencia, la ola de restricciones estatales se multiplicarán y profundizarán.
La idea de que el Tribunal Constitucional no emite sentencias antes de unas elecciones, pese a ser discutible porque significa que ha supeditado el ritmo político, tampoco es de aplicación en este caso. Porque no se trata de que no se haga pública la sentencia, que no existe, sino de que se produzca el debate en el seno del Tribunal que la haga posible. Por tanto, podría iniciar este procedimiento y tranquilamente hacer público el resultado justo después de las elecciones andaluzas de junio.