Con una implacable constancia entomológica, el presidente del Gobierno está transformando la democracia española en un nuevo régimen concebido a su imagen y semejanza, en el que el estado de derecho se transforma en un estado de leyes, que puede parecer lo mismo, pero que es algo radicalmente distinto, y donde el equilibrio de poderes, más bien frágil en la Constitución española, desaparece para quedar reducido a la simple hegemonía del Ejecutivo concentrado en la persona del presidente.
Pero, vayamos por partes. En un estado de derecho todos los ciudadanos tienen la posibilidad real de ejercerlos por igual, con independencia de lo que piensen, de las organizaciones a las que pertenezcan; en definitiva, de cualquier circunstancia de creencia, pertenencia, o riqueza. En un estado de leyes, el franquismo lo fue, los derechos también están reconocidos por la ley, pero su aplicación es asimétrica, en función de si la persona o la organización que los ejerce es afín o disidente.
Un ejemplo lo muestra con claridad. Se eliminó del Código Penal el delito específico que podían cometer los piquetes sindicales en un exceso de celo para mantener las huelgas. Se consideró que el código ya establecía las previsiones suficientes en materia de coacciones y amenazas con carácter general para que no tuviera que incorporarse esta figura específica, a pesar de que es evidente que constituye una práctica sistemática, que en ocasiones linda con la violencia o la practica. Pero los actuales sindicatos forman parte del grupo político dominante, del establishment, y merecen un tratamiento favorable en las leyes.
En contrapartida han hecho una ley a medida para modificar el Código Penal, que sanciona, incluso con años de cárcel, que una persona o personas recen en las inmediaciones de clínica abortista o repartan folletos a quien quieran cogerlos. Esta práctica propia de los provida, por tanto, formando parte de la disidencia, se considera que viola gravemente el derecho de la mujer a acudir abortar, aunque ningún acto lo señale, a no ser que la oración posea una fuerza telepática demoledora.
En este supuesto, el que el Código Penal ya contemple como un delito la amenaza la intimidación o la coacción, no importa. Lo que interesa es el señalamiento de un grupo disidente concreto y la amenaza de cárcel. Tampoco importa que la ley pueda vulnerar derechos fundamentales, como el de manifestación o reunión, porque cuando el Tribunal Constitucional resuelva, el carácter represivo de la norma llevará años funcionando y habrá hecho su efecto. Baste recordar la cuestión emblemática de nuestro tiempo, el aborto, que el Tribunal Constitucional, vulnerando escandalosamente sus principios, lleva 12 años sin abordar el recurso de inconstitucionalidad presentado contra la ley actual, y es público y notorio que no lo hará hasta que dicho organismo, que teóricamente protege los derechos de todos los ciudadanos, tenga una mayoría de jueces ideológicamente favorables al gobierno.
Deseo subrayar, para evitar falsas equivalencias con el Tribunal Supremo de Estados Unidos, que lo que ha sucedido allí es fruto del más estricto cumplimiento de las normas constitucionales, como es la elección por parte del presidente de turno de los magistrados que consideran más adecuados y que pasen el filtro del Senado, y que tienden a responder a las derivadas políticas del presidente de turno. Durante años y más años, el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha quedado en manos de los demócratas y esto se ha considerado absolutamente normal. La misma normalidad debe presidir la consideración de que ahora sea otra visión jurídica la que impere.
En el caso español lo que hay es un retorcimiento de la ley porque lo que se hace es congelar las sentencias que no son suficientemente favorables a los juegos políticos del momento y esto es algo muy distinto. Si de algo peca Estados Unidos es de una gran prevención para evitar que un poder domine sobre los otros dos, lo cual a veces se salda con bloqueos legislativos. En el caso de España, sucede todo lo contrario. Aquí lo único que cuenta es que la voluntad del presidente del Gobierno se lleve a término también en el ámbito judicial.