La diferencia del uso generalizado y calificativo de determinadas expresiones, como la de denominar fascista a todo aquel que se oponga a la ideología dominante, el uso del término totalitario, aplicado al caso de España, corresponde a una descripción exacta, entendiendo bien que no se afirma que España sea ya un estado totalitario, sino que las medidas que se van llevando a cabo tienen ese sello y conducen a ese objetivo.
Constatémoslo:
La condición necesaria del estado totalitario es que el mismo estado está al servicio de los intereses del partido que gobierna. A esta condición necesaria se le añaden una serie de características adicionales que van definiendo el grado de transformación totalitaria:
- El poder político está monopolizado por un único partido o líder. Es una obviedad en un país donde los ministros son secretarios generales del partido en el poder.
- El aparato del estado no sólo está al servicio de los intereses del partido gobernante, sino que busca ejercer un control absoluto sobre todos los aspectos de la vida pública y privada. ¿Le suena el cese de Pallete en Telefónica por intervención directa de Sánchez, o el adoctrinamiento en las escuelas públicas?
- Se promueve una ideología oficial que debe ser aceptada por todos los ciudadanos. Esta ideología sirve para justificar las acciones del régimen y legitimar su poderío. Éstas son las leyes doctrinales sobre la memoria histórica, la perspectiva de género, las identidades LGBTI y sus derivadas, y la supremacía del estado ante la sociedad civil y la familia, en lugar de estar al servicio de sus necesidades.
- No hay separación entre el partido y el estado; el partido controla todos los órganos del poder, y el líder del partido se presenta como una figura incuestionable.
- Represión y control: Se utiliza la violencia, el espionaje, la censura y la propaganda para suprimir la disidencia y garantizar la conformidad. Violencia no, pero presión de todo tipo, de la fiscalía, económica, profesional; la que se quiera.
- Los ciudadanos son forzados o incentivados a participar activamente en actividades promovidas por el estado. Y de ahí que el régimen de subvenciones y contratos públicos es el instrumento más utilizado.
- Control de la vida privada: los regímenes totalitarios intentan influir y regular aspectos de la vida privada, como las relaciones familiares, las creencias religiosas y las opiniones personales. Como es evidente; desde que sus hijos no pertenecen a los padres hasta los recursos aplicados para construir la nueva masculinidad, o las regulaciones de aspectos que dependen en principio de la decisión de cada familia. La intromisión es creciente.
El estado totalitario aspira a una transformación total de la sociedad y del individuo, subordinando todos los aspectos de la vida a su ideología, sea ésta la que sea, como por ejemplo la perspectiva y el feminismo de género y las identidades LGBTIQ, la primacía y superioridad del estado sobre la sociedad civil, incluida la familia, en lugar de ser expresión e instrumento al servicio de esa sociedad y de la familia.
Ahora repase la realidad española en relación con cada uno de los perfiles definidos y considere si no presenta rasgos, consumados unos, incipientes otros, de totalitarismo.
No, España no es un estado totalitario. Todavía. Sólo está en el camino de construirlo.
Dos ejemplos recientes consolidan ese camino.
Uno es la denominada “ ley Begoña ”, la proposición no de ley que establece unos cambios arbitrarios y para nada constitucionales:
El Gobierno ha impulsado, a través del grupo parlamentario socialista, una proposición de ley titulada «Ley de garantía y protección de los derechos fundamentales ante el acoso derivado de acciones judiciales abusivas». Con esto se profundiza en la degradación del estado de derecho. El procedimiento elegido (proposición de ley en lugar de proyecto) elude la intervención de órganos consultivos como el Consejo de Estado o el Consejo General del Poder Judicial, con la aparente finalidad de evitar informes críticos.
Resulta inaceptable que se limite un mecanismo constitucional (art. 125 CE) que permite a la ciudadanía y colectivos promover acciones penales al prohibir la acusación popular a partidos políticos o fundaciones vinculadas. Esta limitación puede interpretarse como un intento de blindar al gobierno ante investigaciones por corrupción u otros delitos que afecten al interés general y, además, limitarla a la fase de juicio oral. Al excluirla de la instrucción, se reduce la capacidad de proponer diligencias y ampliar pruebas, debilitando un eficaz control contra abusos de poder.
Pretende impedir denuncias basadas en información periodística que podría impedir investigaciones derivadas de denuncias periodísticas relevantes. Además, se limita la autonomía del juez para decidir cuándo abrir investigación, afectando a la separación de poderes. Apartar jueces por declaraciones favorables a partidos. La imparcialidad judicial es esencial en un estado de derecho, pero la norma puede aplicarse arbitrariamente si sus criterios no están claramente definidos, y coartar la libertad de expresión a la que tienen derecho los jueces.
Y en una paradoja que define claramente la intención ideológica, al tiempo que se restringen garantías procesales, se elimina este delito sin diálogo con las confesiones religiosas, ignorando la cooperación constitucionalmente reconocida (art. 16 CE). Ademas que esta medida forme parte de un paquete con motivaciones políticas más amplias y no como fruto de un debate específico y profundo sobre la libertad religiosa y de expresión la convierte en una iniciativa también de política de partido. La reforma de un delito con tanta carga simbólica requeriría un debate autónomo y amplio en el Congreso y la sociedad, para garantizar su legitimidad democrática y no verse arrastrada en una “ley ómnibus” con medidas heterogéneas.
Y quizá lo más grave es que el texto introduce disposiciones con efectos retroactivos, lo que favorecería a personas cercanas al presidente, como su esposa y su hermano, alimentando la percepción de que se trata de una ley hecha a medida.
Pero por si esto no fuera suficiente, el ministro de Justicia ha anunciado un nuevo proyecto de ley, que modifica radicalmente la carrera judicial y fiscal, a base de dar entrada generalizada al cuarto turno, es decir, a abogados que sin los estudios correspondientes y sobre todo oposiciones pueden ser jueces. Se argumenta, como una democratización, como si la exigencia en los conocimientos fuese una cuestión antidemocrática.
Se refiere a que se mejorarán y ampliarán las becas, pero eso es lo que hay que hacer con quienes cursan las oposiciones y se examinan de ellas. «Democratizar» tal y como lo entiende el gobierno es facilitar la ocupación de la justicia por miembros afines al partido, una acción complementada con el registro público de los preparadores, algo insólito y que no se aplicaría en ninguna otra oposición más, y que permite el control sobre ellos y la participación de las instancias políticas del Congreso y Senado en una Comisión Deontológica.
Se controla la presidencia y mesa del Congreso a las que se ha desnaturalizado en su misión de control y rendición de cuentas, se somete al Tribunal Constitucional y la Fiscalía General del Estado, se quiere hacer leyes con medidas retroactivas para impedir inculpaciones, se controla impúdicamente el CIS y la Agencia EFE, se interviene en grandes empresas teóricamente privadas, se somete vía publicidad a los medios de comunicación, la televisión pública se convierte en un instrumento al servicio del partido y su líder. Y así una larga sucesión de hechos que señalan la senda española al totalitarismo de imagen liberal progresista.