25 de junio: el día en que se liquidó formalmente la democracia parlamentaria en España

Hay días que marcan un hito en la historia política de un país. El 25 de junio de 2026 es uno de ellos. No porque se modificara ningún artículo de la Constitución ni porque se produjera un golpe de Estado clásico, sino porque se consumó algo mucho más sutil y, precisamente por ello, mucho más peligroso: la ruptura del principio esencial sobre el que descansa cualquier democracia parlamentaria.

Ayer el Congreso de los Diputados aprobó, por 178 votos a favor y 171 en contra, una proposición presentada por el Partido Popular que reclamaba al presidente del Gobierno una de las dos vías constitucionales que existen cuando la mayoría parlamentaria considera agotada su legitimidad política: presentar una moción de confianza o convocar elecciones generales. El mismo acuerdo había sido adoptado también por el Senado. Por tanto, no era una iniciativa partidista cualquiera, sino una decisión coincidente de las dos cámaras que integran las Cortes Generales.

Cierto es que la Constitución reserva exclusivamente al presidente del Gobierno la facultad de plantear la cuestión de confianza y también la de disolver las Cortes y convocar elecciones. Pero precisamente porque esta competencia es suya, el Parlamento solo podía expresarle formalmente que había llegado el momento de ejercerla. Esto es exactamente lo que hizo.

La respuesta del Gobierno y sus socios resultó extraordinariamente reveladora. No solo anunciaron que ignorarían la decisión parlamentaria, sino que estallaron en aplausos y risas cuando el resultado de la votación quedó confirmado.

Difícilmente podría encontrarse una imagen más expresiva del desprecio hacia la función representativa del Parlamento: celebrar públicamente que no se va a obedecer la voluntad de la cámara que representa la soberanía nacional.

Los defensores de esta actitud invocan inmediatamente la literalidad constitucional: la proposición aprobada no tiene fuerza jurídica vinculante. Cierto. Pero esta es solo una parte del problema.

Las democracias no viven únicamente de la letra de las leyes. Viven también del respeto a sus principios, a sus equilibrios institucionales y a las convenciones constitucionales que hacen posible su funcionamiento. Sin esa cultura política, cualquier sistema parlamentario acaba convirtiéndose en un mecanismo vacío.

La Constitución es muy clara en este punto. El artículo 1.2 establece que «la soberanía nacional reside en el pueblo español». Y el artículo 66.1 añade que «las Cortes Generales representan al pueblo español» .

Cuando el Parlamento, expresión directa de esta soberanía, reclama al presidente que se someta a una moción de confianza o convoque elecciones, su decisión puede no ser jurídicamente ejecutable, pero es política y moralmente obligatoria en una democracia parlamentaria digna de ese nombre.

Más aún si recordamos el contenido del artículo 66.2, según el cual las Cortes ejercen la potestad legislativa y controlan la acción del Gobierno.

Este es, precisamente, el problema. Estas funciones hace años que se han ido vaciando de contenido. Hace tres ejercicios consecutivos que el Gobierno no presenta nuevos presupuestos generales. La sesión de control ha perdido buena parte de su real eficacia. La iniciativa legislativa del Congreso ha quedado prácticamente subordinada a las necesidades de supervivencia de un gobierno sostenido por una mayoría extremadamente frágil. El control parlamentario, que constituye la esencia del parlamentarismo, se ha ido erosionando hasta convertirse a menudo en simple escenificación.

Por eso la liquidación de la democracia parlamentaria no comienza el 25 de junio. Ese día solo se produjo su formalización.

El precedente más grave se produjo durante la pandemia, cuando Pedro Sánchez suspendió, de facto, el control parlamentario mientras concentraba poderes extraordinarios. Tiempo después, el Tribunal Constitucional censuró aspectos fundamentales de aquella actuación, pero el correctivo llegó tarde y no tuvo consecuencias políticas.

El precedente había quedado establecido: era posible gobernar reduciendo al mínimo el papel de las Cortes.

Desde entonces, la degradación institucional ha sido constante. Siempre bajo un mismo principio político, repetido de formas diversas pero con un significado inequívoco: no deben haber elecciones porque podría ganarlas la oposición.

Esta idea supone una ruptura frontal con la democracia constitucional. Las elecciones no existen para que las gane una determinada fuerza política; existen para que sean los ciudadanos quienes decidan quién gobierna. Cuando la mera posibilidad de que la oposición obtenga la victoria se convierte en una razón para impedir la consulta electoral, el sistema deja de funcionar de acuerdo a su propia naturaleza.

El presidente del Gobierno ha llegado incluso a afirmar que la Constitución impone una legislatura de cuatro años. Es una interpretación profundamente sesgada. El mandato constitucional no establece que las elecciones no puedan convocarse antes; establece exactamente lo contrario: que no pueden retrasarse más allá de ese plazo. La disolución anticipada de las Cortes forma parte del funcionamiento ordinario del régimen parlamentario.

Esta concepción del poder comporta además una grave discriminación política.

Los partidos que sostienen al Gobierno —con el PSOE al frente y con el apoyo imprescindible de sus aliados, entre los que destaca el PNV, pese a su discurso permanente sobre democracia y libertades— están transmitiendo un mensaje implícito pero inequívoco: los millones de españoles que votan al PP, Vox u otras formaciones de la oposición pueden ejercer su derecho de voto, pero no pueden aspirar legítimamente a formar gobierno. Si esa posibilidad existe, entonces las elecciones dejan de ser convenientes.

En la práctica, esto significa atribuir un valor político distinto al voto según a quién beneficie. Es difícil no ver una contradicción con el artículo 14 de la Constitución, que proclama la igualdad de todos los españoles sin discriminación por razón, entre otras circunstancias, de su opinión. Los electores de la oposición pasan a ser ciudadanos cuyo voto tiene menos consecuencias políticas que el de los votantes gubernamentales.

Esta forma de entender el poder también entra en tensión con el artículo 9.3 de la Constitución, que prohíbe expresamente la arbitrariedad de los poderes públicos. Cuando la decisión de convocar o no elecciones deja de estar vinculada a la lógica parlamentaria y pasa a depender exclusivamente de la conveniencia electoral del presidente, la discrecionalidad se transforma en arbitrariedad.

Ninguna otra democracia parlamentaria europea aceptaría con normalidad una situación similar. En muchos países existen mecanismos institucionales que impiden bloqueos de esa naturaleza. En Italia, por ejemplo, el presidente de la República dispone de un margen de intervención mucho más amplio. Incluso en la presidencialista Francia, los equilibrios institucionales hacen prácticamente imposible una degradación de este tipo.

España se está convirtiendo en una anomalía democrática dentro de la Unión Europea. Pero Bruselas prefiere mirar hacia otro lado mientras Pedro Sánchez siga formando parte de su familia política. La defensa del Estado de derecho parece tener una intensidad variable según quién protagonice sus vulneraciones.

Es precisamente en situaciones como esta cuando adquiere todo su sentido el artículo 56 de la Constitución, según el cual el Rey «arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones». Esta función no puede reducirse a una representación simbólica ni en la búsqueda permanente del consenso social. El jefe del Estado existe para que las instituciones sigan funcionando de acuerdo con su espíritu constitucional cuando este entra en crisis.

Si esa función moderadora desaparece también de la práctica constitucional, España habrá entrado en un terreno desconocido desde la Transición.

Un sistema parlamentario en el que el Gobierno deja de responder ante el Parlamento y solo responde ante su propio cálculo de supervivencia política es, sencillamente, una democracia que ha empezado a vaciarse por dentro. 

La historia española conoce ya los riesgos que conlleva esta deriva. Cuando las instituciones dejan de reconocerse mutuamente, cuando la legalidad sustituye a la legitimidad y cuando el poder deja de aceptar la posibilidad de la alternancia, el sistema entra en un callejón sin salida del que es muy difícil salir. La España posterior a las elecciones de febrero de 1936 ofrece un precedente que conviene recordar, no para establecer identidades simplistas, sino para comprender hasta qué punto la degradación institucional siempre comienza mucho antes de que su desenlace sea visible.

La democracia no muere necesariamente con un golpe de Estado. A veces muere entre aplausos.

La democracia no muere necesariamente con un golpe de Estado. A veces muere entre aplausos. #CongresoDiputados Compartir en X

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