ERE Andalucía: el derrumbe de la justicia y la victoria de la impunidad

Ya se tiene conocimiento de las ponencias del Tribunal Constitucional (TC) que prepara la magistrada Montalbán, la misma que ha llevado a cabo todas las demás ponencias exculpatorias de condenados que ahora se han visto absueltos o a penas reducidas. En este caso, al dejar sin efecto el mayor escándalo de corrupción de España, culminaría con una reducción sustancial de la condena de Chaves y la absolución de Griñán por el delito de malversación, lo que comportaba el cumplimiento de una pena de 6 años de cárcel. Para Chaves, el delito era de prevaricación y la condena sólo era de inhabilitación.

El punto fundamental es que considera que no ha quedado demostrado que conocieran «las graves desviaciones» cometidas por las autoridades de la conselleria de Empleo y que las ayudas se concedieran al margen de toda finalidad pública. Montalbán, que, recordémoslo, fue premiada con una medalla cuando Griñán era el presidente de la Junta de Andalucía, considera que todos los informes de la intervención no constituyen una prueba suficiente para acreditar la malversación. Todo ello resulta muy escandaloso porque, antes de llegar al TC, otras muchas instancias jurisdiccionales y no jurisdiccionales han expresado la conclusión contraria afirmando que había habido “arbitrariedad”, “omisiones groseras”, “pagos indebidos cuando no ilegales”. En concreto, se han pronunciado en términos que señalan la malversación:

  1. El Tribunal de Cuentas.
  2. La Cámara de Cuentas de Andalucía.
  3. El Consejo Consultivo Andaluz.
  4. La Intervención General del Estado.
  5. Los interventores de la Junta de Andalucía.
  6. La Dirección General de Seguros.
  7. Las salas de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
  8. Y el Tribunal Supremo.

Además, en el ámbito penal, lo ha señalado la Fiscalía Anticorrupción, y para que no falte nada, existe el informe de la Guardia Civil. Pues bien, todas estas instancias, a ojos de Montalbán, y pronto veremos que de la mayor parte del gobierno del TC, se han equivocado y no hay delito.

Ángel Turrión, interventor del Estado y perito judicial de los casos ERE, confesó que nunca en su vida había visto un cúmulo de irregularidades juntas tan grande. Afirmó que el 70% de las 270 ayudas concedidas con cargo al programa presupuestario 31L no tenían relación alguna con la tramitación de un ERE, que era la finalidad, o con un plan de jubilación, sino que sirvieron para causas tan diversas como pagar fiestas de un ayuntamiento, un curso de personal de alta dirección de la Junta o gratificaciones a los directivos de Santana Motor.

Sin embargo, siendo grave todo esto, el hecho aún se multiplica por las consecuencias, porque con esta forma de proceder el TC establece el precedente de que los altos cargos políticos quedan al margen de cualquier control cuando obran amparados por la ley de presupuestos. Es decir, que no importa lo que hagan si formalmente puede atribuirse a que la ley presupuestaria lo cubre.

El otro hecho gravísimo es que interpreta las pruebas, una atribución que sólo tienen los tribunales de justicia, lo que al Constitucional no le corresponde ya que su única e importante función es determinar la constitucionalidad de un acto.

¿Cómo es posible que se hayan evaporado 680 millones de euros, la mayor parte en actividades que nada tienen que ver con los ERE, en un proceso que ha durado una década y que los altos cargos de la Junta, terminando por los dos presidentes concernidos , ignoraran lo que era un clamor popular en el terreno: que había un “fondo de reptiles” que el PSOE distribuía graciosamente?

A partir de estos hechos, España se ha quedado sin garantía de constitucionalidad y con una victoria absoluta de la impunidad del poder porque, además, el TC está blindado desde 2007 por una reforma específica de su ley orgánica que impide que la justicia ordinaria pueda actuar contra él como sí hizo el 23 de enero del 2004 cuando la sala de lo civil del Tribunal Supremo consideró que había incurrido en una negligencia grave de sus funciones.

Ahora esto ya no es posible y, por tanto, la impunidad de estos magistrados que no son jueces es absoluta. Lo dicho, la impunidad del poder.

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