El castigo a las terapias de conversión y las leyes del embudo

Precisemos: la “ley del embudo” es una expresión popular utilizada para denunciar una situación de injusticia evidente, donde las reglas o leyes se aplican de manera desigual: de forma estricta o perjudicial para unos (el lado estrecho del embudo) y de manera laxa o ventajosa para otros (el lado ancho del embudo). Esta locución, común en los países de habla hispana, critica la arbitrariedad y la falta de equidad, y es contraria a los principios de igualdad ante la ley y de justicia. El refrán que la resume es: “Lo ancho para mí, lo estrecho para ti”.

Y, situado el embudo, al tema: la base de nuestra legislación, hasta grados increíbles, es la libertad subjetiva, el deseo convertido en ley. Esto quedó claro cuando se legisló la actual ley del divorcio, que devaluó totalmente el valor del contrato, porque es la única figura jurídica de este tipo que puede ser denunciada unilateralmente, incluso sin conocimiento inicial de la otra parte, y romper el acuerdo sin necesidad de alegar razón alguna. El deseo —de romper, de otro, de lo que sea— se impone clamorosamente al valor del vínculo.

Este principio de autodeterminación subjetiva alcanzó su exponente máximo con la llamada Ley trans (Ley 4/2023, de 28 de febrero) que permite que una persona pueda cambiar legalmente la mención de su sexo en el Registro Civil y en el DNI basándose únicamente en su manifestación de voluntad, es decir, en su identidad de género sentida, sin necesidad de someterse a tratamientos médicos, hormonales, ni aportar informes psicológicos o psiquiátricos.

La ley reconoce que la identidad de género es la vivencia interna e individual del sexo tal y como cada persona la siente y autodefine, pudiendo o no corresponder con el sexo asignado al nacer. Se elimina el requisito de pruebas externas, médicas o psicológicas: basta con que la persona declare su voluntad de cambio ante el Registro Civil para que se produzca el cambio legal de sexo. Este cambio puede realizarse, aunque no exista ningún cambio externo en la apariencia, comportamiento, vestimenta o características físicas de la persona.

Este principio se denomina autodeterminación de género o autoidentidad de género. Es la base jurídica que garantiza que la persona es sujeto de derecho respecto a su propia identidad y que su declaración sobre su género es suficiente para el reconocimiento legal, sin necesidad de justificación médica o externa.

Y su aplicación se lleva al extremo de incluir a menores de edad en algo tan radical como es el cambio de sexo, que siempre resulta parcial, porque la caracterización cromosómica está presente en todas las dimensiones biológicas del individuo, y no solo en los caracteres sexuales secundarios, que son los que tienden a modificarse farmacológica y quirúrgicamente.

Esta es la parte ancha del embudo. Veamos ahora la estrecha:

El 24 de junio de 2025, el Congreso de los Diputados aprobó la tramitación de una proposición de ley para castigar penalmente las llamadas “terapias de conversión” dirigidas a modificar la orientación sexual, la identidad sexual o la expresión de género de personas LGTBIQ+. La propuesta, presentada por el PSOE y apoyada por 311 diputados (incluidos el PP, Sumar, Podemos, ERC, PNV, Bildu, BNG, con la oposición de Vox y la abstención de Junts), busca modificar el Código Penal para que estas prácticas pasen de ser una infracción administrativa (con multas) a considerarse un delito con penas de prisión. Estas prácticas persiguen modificar las preferencias u orientación homosexual en la mayoría de los casos.

Ahora se establece prisión de seis meses a dos años para quien “aplique o practique” estas terapias. La ley también prevé sanciones para quienes consientan, promuevan, favorezcan o faciliten la realización de estas prácticas (por ejemplo, progenitores, tutores o cuidadores legales). Desde la aprobación de la ley trans y LGTBI en 2023, estas terapias ya eran ilegales en España, pero solo se castigaban con sanciones administrativas (multas de hasta 150.000 euros).

La motivación es moral: proteger la dignidad, la integridad moral y la salud física y mental de las personas LGTBIQ+.

La consideración de todo esto tiene un interés extraordinario, porque determina el nuevo orden moral —que de eso se trata explícitamente—. No es una cuestión sanitaria de “malas prácticas”, porque entonces lo que se haría sería regular lo que puede y lo que no puede hacerse. Pero no, porque esto sería admitir que puede haber personas mayores de edad que libremente decidan que no quieren ser homosexuales y deseen ser ayudadas en este cambio. De lo que se trata es de impedirlo con la cárcel.

El mensaje es doble.

Por una parte, se celebra ostentosamente la “salida del armario”, el que alguien se declare homosexual. Esto es motivo de celebración y orgullo, incluidas conmemoraciones anuales que empezaron siendo un día y ahora duran semanas y semanas, pagadas con dinero público; esto es, nuestro dinero.

Por otra parte, se prohíbe radicalmente evolucionar en sentido contrario, y si alguien lo desea, ha de ser clandestino y muy peligroso.

Lo que se está diciendo es que el sentido de la historia está en la evolución hacia lo homosexual, que este es: 1) el estadio humano que uno debe celebrar con orgullo (no el de la paternidad o maternidad, por ejemplo) ha de ser homo y trans; 2) el estado irreversible; ser heterosexual se revierte, ser homo no, lo cual es una gran paradoja evolutiva o una sinrazón cultural, elijan, porque la evolución avanza en el sentido de quienes ofrecen mejores condiciones para reproducir la dotación genética, que no es precisamente el caso de quienes proclaman su orgullo.

Y también significa, la banda estrecha del embudo, la clara demostración de que no vivimos en un Estado de derecho donde las leyes rigen igual para todos, sino, como escribía Ross Douthat, en un estado policiaco rosa o, para ser más exactos, en un estado de leyes rosa. En este caso, la autodeterminación de género rige a favor de los trans, pero no rige para quienes intentan abandonar la homosexualidad, porque esta es indeleble y para siempre. Lo dice la ley de España, que el PP y el PNV comparten.

Finalmente, y por si hacía falta, esta legislación sirve para mostrar en primer plano quiénes son las “élites” que dominan el poder.

La ley del embudo: libertad total para el cambio de género, prisión para las terapias de conversión. ¿Quién decide lo correcto en España? #LeyDelEmbudo #LGTBIQ #CódigoPenal Compartir en X

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