Pasan tantas cosas tan rápidamente que muchos ciudadanos no tienen conciencia del desbarajuste, del caos legislativo y de la crisis institucional que se deriva.
Seguramente lo que le viene primero a la cabeza al ciudadano, porque ha consumido bastantes minutos de televisión diarios, es el escándalo de la ley del «sí es sí» que ha logrado el efecto contrario de lo que dicen que pretendía, porque ya se han producido 58 rebajas de condena y cerca de una decena de excarcelaciones; en otros términos, los delitos vinculados a la violencia sexual con esta ley han hecho que en determinados supuestos los inculpados recibieran penas más leves. Es exactamente todo lo opuesto a lo que nos habían vendido.
Ahora han querido medio arreglarlo y una vez más abusan de nuestra credibilidad y provocan un pitafio jurídico. Porque la solución que han aplicado es introducir en una enmienda a la exposición de motivos el deseo de que no se alteren las sanciones penales que ya existen contra las personas condenadas. El problema radica en que la exposición de motivos es simplemente esto, dar cuenta de las razones de por qué se hace la ley y no tiene ningún valor de norma, no obliga a nada; está fuera del cuerpo de la ley.
¿Por qué lo han hecho así? ¿Por qué no han introducido una disposición final en el mismo sentido que en la exposición de motivos? Es literalmente una tontería y además el portavoz socialista, Patxi López, dice que es “un toque de atención a los jueces para decirles que no vayan por ahí…”. Es una nueva forma de legislar. Una gran innovación. La del toque de atención al poder judicial para que dicten las sentencias de acuerdo, no con lo que dicen las leyes, sino con lo que piensa quien gobierna.
No vamos bien. Otro caso espectacular es la supresión del delito de sedición y su sustitución por una nueva figura de desórdenes públicos agravados. Este hecho no nos aproxima al estándar jurídico Europeo, más bien nos aleja. Entre otras razones porque los desórdenes públicos pueden ser la consecuencia o la condición previa para intentar la separación de un territorio de un país, pero no es su causa principal y es evidente que en toda Europa la modificación de las fronteras internas de un estado está rigurosamente vetada por una vía o por otra.
Como catalanes podemos estar de acuerdo en que esta modificación facilita el diálogo, pero al mismo tiempo debemos exigir que se haga bien hecha. Y esto significa tramitar el cambio de Código Penal como lo que es, como un proyecto de ley, siguiendo toda la tramitación completa, disponiendo de los informes pertinentes externos y de esta forma ofreciendo a todos los ciudadanos luz y taquígrafo.
La arbitrariedad nunca es buena y menos en el ámbito de las leyes. Y esto los catalanes deberíamos ser los primeros interesados, porque lo que suele ocurrir es que las salidas en falso las acabamos pagando multiplicadas.
Sobre este texto, además, se han efectuado enmiendas relámpago que modifican sustancialmente el Código Penal en lo que se refiere al tema de la malversación e introduce nuevas figuras y modifica las existentes. La confusión resultante es notabilísima y la fiscalía anticorrupción ya ha advertido de que dará pie a una cascada de revisiones de condena por delitos de corrupción porque la diferencia entre delitos con ánimo de lucro propio y ajeno da pie a muchas interpretaciones y, además, a una asimetría impresentable, porque la reforma castiga menos el daño al patrimonio público que al privado, lo que se hace desde partidos de la izquierda estatista, que levantan la voz cada vez para ensalzar lo público en contra de lo privado. Pero ahora porque les interesa hacen cambios que tienen estas consecuencias. Lo dicho, caos.
Además, y mediante también una enmienda, todo este camino permite liquidar el tema en tres días. El gobierno modifica nada menos que la ley orgánica del Poder Judicial y la del Tribunal Constitucional. Unos textos jurídicos que por su delicada naturaleza deberían modificarse siguiendo un procedimiento parlamentario completo y no por estas vías ultrarrápidas. Y además con consenso.
Desde que se aprobó la Constitución todo lo que afecta a este ámbito siempre se ha adoptado con mayorías de las 3/5 partes. Ahora el gobierno opta por emprender un camino muy peligroso de resolverlo por medio de la simple mayoría. El cambio es radical. Existe una democracia de mayorías que es la que solía funcionar en el Congreso salvo en casos especiales, y que permite resolver con los tiempos de tramitación de la ley, cuestiones concretas.
Pero todo lo referido al Poder Judicial y al Tribunal Constitucional, al igual que la propia institución, se regía no por una democracia de mayoría, sino de consenso y éstos históricamente se ha establecido desde 1980 al disponer de los votos favorables de las 3/5 partes.
Esto es lo que liquida el gobierno Sánchez , y lo hace por la vía de presentar enmiendas a un texto legislativo que nada tiene que ver con esta cuestión. Es gravísimo y por eso es necesario definir la situación en la que nos encontramos como de crisis institucional sin paliativos.
La pregunta es hacia dónde nos lleva esta carrera de Sánchez, que no tiene otro fin que el de asegurar su futuro triunfo electoral, pero que deja desgarbada la democracia consensuada y, como consecuencia, nuestros derechos civiles y políticos.