Derecho comunitario o soberanía estatal: ¿la hora de la verdad?

Hungría y más recientemente Polonia han llenado los titulares por sus maniobras contrarias al derecho comunitario de la Unión Europea. En este último caso, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha llegado a imponer una sanción diaria de un millón de euros a Varsovia por incumplimiento de sus sentencias.

La cuestión suele presentarse como la de dos gobiernos populistas, iliberales, autoritarios y retrógrados que se han apuntado a la UE para recibir tantos millones como sea posible, negándose a cumplir su parte del trato que sería respetar los «valores europeos».

Sin embargo, el problema real es mucho más complicado porque toca la fibra más sensible de la construcción europea: la relación entre el derecho comunitario y la soberanía estatalUna tensión acumulada durante años que se expresa ahora de forma cada vez más clara.

No son sólo los países del este ex-comunista que comienzan a reivindicar la prevalencia estatal, sino que el mismo Tribunal Constitucional alemán  esgrimió esta primacía en mayo de 2020 en materia de política monetaria.

En Francia, la totalidad de los candidatos de derechas, incluyendo el ex jefe negociador del Brexit, Michel Barnier, han anunciado que si llegan a la presidencia, establecerán una primacía nacional sobre la Unión Europea.

El propio Tribunal Constitucional alemán ha establecido que «no existe un pueblo europeo»

Hay que decir en primer lugar que el propio Tribunal Constitucional alemán ha establecido que «no existe un pueblo europeo».

Esta afirmación deja ya claro que la ciudadanía de los Estados Miembros de la UE no es un sujeto soberano. Estrictamente hablando, la Unión Europea es una construcción jurídica de Estados que han decidido ejercer de forma conjunta ciertas competencias.

Así pues, y como recuerda el ex-miembro del Consejo Constitucional francés Pierre Steinmetz, son los Estados Miembro los auténticos soberanos de la UE.

El derecho comunitario encuentra sus fundamentos en los Tratados constitutivos de la UE (Tratado de la Unión Europea y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), junto a los “actos derivados” como regulaciones, reglamentos, etc. y la jurisprudencia del TJUE y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Son también los Tratados los que establecen no sólo estas instancias judiciales, sino también el resto de instituciones europeas a través de las cuales se generan, revisan, aprueban, aplican y vigilan los actos derivados: Consejo Europeo, Comisión Europea, Parlamento Europeo, etc . Con el paso de los años, cada una de estas instituciones ha desarrollado una lógica, equilibrios e intereses propios.

Cuando aparece una desavenencia en el seno de la Unión, suele resolverse mediante las negociaciones. Pero cuando se produce un bloqueo es necesario que el soberano se imponga .

El Consejo Europeo, la entidad que reúne a los jefes de estado y de gobierno de los Estados Miembro de la UE, suele cumplir esta misión.

Sin embargo, ¿qué ocurre cuando los miembros del Consejo Europeo no se ponen de acuerdo, como en el caso actual con Polonia? El instrumento de última instancia, que es la modificación de los Tratados, resulta imposible ya que se requiere la unanimidad de los 27 países.

Es en este punto cuando entra en juego otro elemento: el TJUE, que tiene garantizada su independencia para crear jurisprudencia europea. El tribunal puede hacer evolucionar, modificar, incluso transformar el contenido de los Tratados europeos, a menudo muy sucintos dada la enorme cantidad de aspectos que tocan.

Según Steinmetz, la capacidad de jurisprudencia de los jueces europeos es “absoluta”, y se encuentra fuera de alcance de cualquier contra-poder excepto si se modificaran los Tratados.

Pese a la teórica soberanía de los Estados, existe un poder judicial europeo que, salvo si los 27 se unen, prevalece siempre

Así pues, nos encontramos con que a pesar de la teórica soberanía de los Estados, existe un poder judicial europeo que, salvo si los 27 se unen, prevalece siempre.

Hasta ahora se habían evitado sustos importantes porque Estados Miembros y jueces del TJUE actuaban más o menos coordinados, y estos últimos desempeñaban el papel que se espera del poder judicial en todo sistema de derecho: acompañar, indicar límites, recomendar. Pero hoy, ese equilibrio está en peligro.

Los países del este se sumaron a la Unión Europea por la libertad política y los derechos individuales, no por la sociedad multicultural y la teoría de género

Los Estados Miembro están divididos no sólo en aspectos políticos concretos sino en la interpretación de los principios fundamentales de los Tratados. Como Steinmetz afirma, «los países del este se sumaron a la Unión Europea por la libertad política y los derechos individuales, no por la sociedad multicultural y la teoría de género».

Es irrefutable que determinados países de Europa occidental quieran imponer una agenda ideológica de profundas implicaciones sociales en los países del este. El mayor problema es que lo hacen invocando derechos fundamentales y el poder jurisdiccional del TJUE.

El resultado es que los países del este perciben cada vez más la jurisdicción europea como una excusa para imponerles una dirección política. En último término, perciben Bruselas como percibían la Unión Soviética durante la dura época comunista: un régimen extranjero que quiere asimilarlos, vaciándolos de su sustancia y borrando del mapa.

Sin prevalencia del derecho comunitario no habría UE; sin soberanía de los Estados, el rechazo a Bruselas se generalizará aún más

Así pues, el debate se plantea cada vez más de forma binaria: UE o Constitución. Ante este dilema, ni unos ni otros pueden ceder: sin prevalencia del derecho comunitario no habría UE; sin soberanía de los Estados, el rechazo a Bruselas se generalizará aún más.

La situación es realmente tensa porque a ambos lados se percibe que hay en juego principios no negociables .

Cómo reducir las tensiones

Por un lado, los países de Europa occidental deberían demostrar mayor empatía hacia el este, y reconocer que un día, la maquinaria jurisdiccional del TJUE que han lanzado contra ellos podría girarse en contra de sus propios intereses. Como se ha indicado anteriormente, probablemente se ha dejado demasiado margen de maniobra a los jueces europeos.

Por otro lado, países como Polonia y Hungría deberían presentar su punto de vista jurídico de forma más constructiva.

Una posible forma de hacerlo, y que Steinmetz propone, consistiría en presentar su caso ante el Consejo Europeo y aprobar una resolución conjunta para pedir al TJUE una nueva revisión que tenga en cuenta el punto de vista del país afectado.

Respecto a la cuestión de fondo, la parte de soberanía que corresponde a la UE por delegación de los Estados Miembro, sólo el tiempo, las necesidades del momento, y sobre todo el equilibrio de fuerzas nos darán la respuesta.

Pero hay que tener en cuenta que si la cuerda sigue tensándose como está haciendo estos últimos años, en última instancia sería la Unión Europea, y no los Estados, la que tiene más probabilidades de desintegrarse.

La situación es realmente tensa porque a ambos lados se percibe que existen en juego principios no negociables. Clic para tuitear

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