{"version":"1.0","provider_name":"Converses a Catalunya","provider_url":"https:\/\/conversesacatalunya.cat\/es\/","title":"\u00bfEl gobierno S\u00e1nchez vulnera la Constituci\u00f3n? - Converses a Catalunya","type":"rich","width":600,"height":338,"html":"<blockquote class=\"wp-embedded-content\" data-secret=\"sTjTRBF9T8\"><a href=\"https:\/\/conversesacatalunya.cat\/es\/el-gobierno-sanchez-vulnera-la-constitucion\/\">\u00bfEl gobierno S\u00e1nchez vulnera la Constituci\u00f3n?<\/a><\/blockquote><iframe sandbox=\"allow-scripts\" security=\"restricted\" src=\"https:\/\/conversesacatalunya.cat\/es\/el-gobierno-sanchez-vulnera-la-constitucion\/embed\/#?secret=sTjTRBF9T8\" width=\"600\" height=\"338\" title=\"\u00ab\u00bfEl gobierno S\u00e1nchez vulnera la Constituci\u00f3n?\u00bb \u2014 Converses a Catalunya\" data-secret=\"sTjTRBF9T8\" frameborder=\"0\" marginwidth=\"0\" marginheight=\"0\" scrolling=\"no\" class=\"wp-embedded-content\"><\/iframe><script>\n\/*! 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Esta es la cuesti\u00f3n, nada balad\u00ed, que est\u00e1 aflorando con m\u00e1s fuerza y frecuencia a medida que transcurren los d\u00edas. La raz\u00f3n de fondo es que el estado de alarma, a diferencia del estado de excepci\u00f3n, limita o circunscribe el ejercicio de los derechos reconocidos por la Constituci\u00f3n, mientras que en la segunda figura tales derechos quedan suspendidos. La cuesti\u00f3n no es menor. Un peri\u00f3dico tan gubernamental como El Pa\u00eds public\u00f3 en su p\u00e1gina principal de opini\u00f3n, el pasado s\u00e1bado 11, un art\u00edculo del catedr\u00e1tico em\u00e9rito de Derecho Constitucional y magistrado em\u00e9rito del Tribunal Constitucional Manuel Arag\u00f3n. En este art\u00edculo, \u201cHay que tomarse la Constituci\u00f3n en serio\u201d, cuestionaba la medida del confinamiento obligatorio y tambi\u00e9n de determinas medidas econ\u00f3micas como contrarias a la Constituci\u00f3n, adem\u00e1s de se\u00f1alar determinas actitudes de Pedro S\u00e1nchez, como su empe\u00f1o en hablar en representaci\u00f3n o como \u201cm\u00e1ximo representante\u201d de la naci\u00f3n, atribuci\u00f3n que queda totalmente fuera de lugar en el presidente del ejecutivo. La tesis central es que la suspensi\u00f3n generalizada del derecho de libertad de circulaci\u00f3n y residencia solo puede adoptarse en el estado excepci\u00f3n, como determina el art\u00edculo 55.1 de la Constituci\u00f3n. La protecci\u00f3n de la salud es, a\u00f1ade el articulista, una finalidad y legitima la actuaci\u00f3n de los poderes p\u00fablicos, pero siempre y cuando se lleve a t\u00e9rmino de acuerdo con las reglas del Estado de derecho, y esto no se ha aplicado en el actual procedimiento. Se puede pensar que no importa una cuesti\u00f3n que parece formal, Estado de alarma en lugar de Estado de excepci\u00f3n. El problema radica en que el sustento de todos los derechos es, en primer t\u00e9rmino y antes que nada, una cuesti\u00f3n formal. Sin ella no hay derechos, ni democracia, ni se garantiza la libertad. Lo que ahora se ha hecho constituye un precedente peligroso, sobre todo considerando que en el Gobierno hay personas y acreditadas visiones poco compatibles con las llamadas libertades formales, que tienden a considerar que el fin justifica los medios, y cuyos modelos sociales \u00f3ptimos desde el punto de vista te\u00f3rico se aproximan m\u00e1s a los de Venezuela que a la Uni\u00f3n Europea. El catedr\u00e1tico de Constitucional de la Universidad de Valencia Carlos Flores Juber\u00edas, es otra de las numerosas y acreditadas voces que apuntan en la misma direcci\u00f3n, en una entrevista en El Confidencial, y se\u00f1ala adem\u00e1s, en plena coincidencia con Manuel Arag\u00f3n, el injustificado vac\u00edo parlamentario en el control del gobierno, algo que tambi\u00e9n sucede en Catalu\u00f1a, y que dice poco de la independencia de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, ante su aplanamiento a esta forma de proceder del gobierno. \u201cEn materia de derechos y libertades -sostiene Flores- hay medidas que un Estado de derecho no puede adoptar, por eficaces que sean. El fin no justifica los medios\u201d, afirma, se\u00f1alando el silencio parlamentario, lo que permite al Ejecutivo ejercer un control absoluto y eludir el debate sobre el alcance de sus disposiciones. \u201cLo que el Gobierno ha hecho, en lugar de limitar la circulaci\u00f3n de personas o veh\u00edculos en horas y lugares determinados, o condicionarla al cumplimiento de ciertos requisitos como permite la ley, es decretar un confinamiento permanente y universal. Ha establecido un listado restrictivo de causas por las que es posible abandonarlo, siempre de manera moment\u00e1nea y con debida justificaci\u00f3n. En otras palabras: el Gobierno ha invertido los t\u00e9rminos en los que el mandato legal le obligaba a actuar, sustituyendo un r\u00e9gimen de libertades sujeto a l\u00edmites por un r\u00e9gimen de limitaciones sujeto a excepciones. \u201cTengo que coincidir con mi colega el profesor Vera Santos al afirmar que \u201cnos encontramos ante la mayor represi\u00f3n de libertades de nuestra historia democr\u00e1tica -y se ha hecho sin cobertura jur\u00eddica adecuada-\u201c\u201c. Los incidentes ocurridos en algunos templos, cuyos escasos fieles han sido obligados a abandonarlos, abundan en este sentido, con un agravante, la confusi\u00f3n, porque aquellos fieles. Guardando las distancias ten\u00edan derecho a estar donde estaban, incluso en la letra de la normativa gubernamental, pero todo facilita el exceso de celo policial, o simplemente las ganas de presionar. Tambi\u00e9n en el \u00e1mbito econ\u00f3mico\u00a0sucede algo parecido, al menos en dos medidas concretas, donde una vez m\u00e1s, el fin no justifica los medios: se trata de la prohibici\u00f3n de efectuar despidos, que atenta contra la libertad de empresa, o las medidas relativas a alquileres, que limitan el derecho de propiedad. M\u00e1s informaci\u00f3n sobre el coronavirus en ESPECIAL CORONAVIRUS"}